Wednesday, June 3, 2026

Juez federal interviene en caso de migrante nicaragüense al cual ICE había sometido a varias medidas para presionarlo a autodeportarse aun con pruebas de torturas

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En una contundente reprimenda a la aplicación de las leyes federales de inmigración, el juez federal Richard F. Boulware II dictaminó el 19 de marzo de 2026 que el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) impuso indebidamente un monitor electrónico de tobillo y otras condiciones restrictivas a Kevin Eliel Aguirre Solis, un ciudadano nicaragüense a quien se le había concedido la suspensión de la deportación debido a torturas documentadas infligidas por las autoridades de su país de origen.

Aguirre Solis, quien ha vivido continuamente en Estados Unidos durante cinco años, enfrentó un proceso de deportación acelerado y repetidos intentos de expulsión ilegales que le causaron un trauma grave.

De acuerdo con los documentos de la corte, el ICE le impuso un monitoreo en el tobillo entre otras medidas de presión para presionarlo a autodeportarse

A pesar de una orden judicial del 12 de febrero de 2026 que le otorgaba la libertad inmediata bajo palabra con una orden judicial permanente que le prohibía cualquier detención o deportación posterior sin una orden definitiva, el ICE lo inscribió en un programa de Alternativas a la Detención (ATD). Este programa incluía monitoreo electrónico de tobillo las 24 horas, toque de queda, controles quincenales del ICE, la obligación de obtener un pasaporte nicaragüense (lo que ponía en riesgo su seguridad) y una visita domiciliaria programada.

El juez determinó que estas medidas violan la orden de liberación previa, constituyen una “custodia” continua, exacerban los graves problemas de salud mental de Aguirre Solis relacionados con el trauma y carecen de justificación alguna, ya que no se presentó evidencia de riesgo de fuga ni de peligro alguno.

Boulware declaró explícitamente que las condiciones sugieren que el ICE está “utilizando estas medidas coercitivas para aterrorizar al peticionario y obligarlo a renunciar a sus derechos”, calificándolas de incompatibles con “un sistema de gobierno humano conforme a la ley”.

La orden prohíbe al ICE imponer cualquier condición de liberación sin la aprobación del tribunal, anula todas las existentes y exige la retirada inmediata del monitor electrónico de tobillo (a más tardar el 26 de marzo de 2026) tras la presentación del fallo en la oficina del ICE en Las Vegas.

El informe conjunto de cumplimiento debe presentarse el 27 de marzo, y el caso permanece abierto para su ejecución.

El fallo en el caso Aguirre Solis contra Noem (2:26-cv-00053) pone de relieve las tensiones existentes en torno a la supervisión posterior a la liberación de los solicitantes de asilo protegidos y subraya el escrutinio judicial a las prácticas del ICE.

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