El Consulado de México en Tucson emitió una advertencia a la comunidad migrante, instando a los conductores a retirar objetos como rosarios, ambientadores o zapatos de niños de sus espejos retrovisores.
Según Jesús Gutiérrez, Cónsul de Protección, estos artículos pueden obstruir la visibilidad y justificar una detención de tránsito bajo la ley de Arizona, lo que podría derivar en acciones de control migratorio.

“Puede ser motivo de detención”, enfatizó Gutiérrez. “Hemos visto muchas detenciones de tránsito que posteriormente resultan en detenciones migratorias”.
Aconsejó a la comunidad evitar colgar “esos objetos que de repente colgamos en el espejo retrovisor: el pequeño ambientador, el rosario o el zapato de su hijo. Todo eso puede ser motivo de detención”.
Las normas de tránsito de Arizona prohíben cualquier objeto fijado al vehículo que impida la visión clara del conductor a través del parabrisas o los espejos. Una infracción menor como esta proporciona una base legal para que la policía detenga un vehículo.
En zonas como el condado de Pinal, donde las fuerzas del orden locales han cooperado históricamente con las autoridades federales de inmigración a través de programas como los acuerdos 287(g), una parada de rutina puede involucrar rápidamente a los agentes de ICE si surgen dudas sobre el estatus migratorio.
La guía del consulado surge en medio de informes sobre la intensificación de las operaciones de ICE en Arizona, donde infracciones menores han resultado en detenciones de personas indocumentadas.
Georgia cuenta con leyes similares así como alianzas con el ICE por lo que se insta a los residentes a cuidarse y evitar posibles paradas de tráfico
En el caso de Georgia, O.C.G.A. El artículo 40-8-73 establece:
«Ninguna persona conducirá un vehículo motorizado con letreros, carteles u otros materiales no transparentes en el parabrisas delantero, las ventanillas laterales o las ventanillas traseras que obstruyan la visión clara del conductor de la carretera o de cualquier intersección».
Si bien esta sección se centra principalmente en los materiales fijados a las ventanillas/parabrisas, las interpretaciones legales y de las fuerzas del orden de Georgia extienden este principio a los objetos colgados del espejo retrovisor si dificultan la visibilidad o se consideran una distracción.
Disposiciones relacionadas, como el artículo 40-6-242 de la Ley de Vehículos Motorizados (OCGA), abordan la obstrucción general de la visión del conductor (por ejemplo, por carga o pasajeros), reforzando que cualquier cosa que interfiera con la visibilidad clara puede infringir las normas de tránsito.
Para minimizar los riesgos, se recomienda a los migrantes asegurarse de que los vehículos estén en buen estado, portar licencias de conducir, registro y seguro vigentes, usar el cinturón de seguridad, mantener una distancia de seguridad y obedecer todas las normas de tránsito.
El consulado enfatiza que se trata de orientación comunitaria, no de asesoramiento legal formal.



