Thursday, April 23, 2026

Jueza federal ordena al gobierno de Trump brindar audiencias de fianza a miles de migrantes detenidos que ya viven en EE.UU.

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Un juez federal en California dictaminó el martes que el gobierno de Trump debe brindar audiencias de fianza a miles de inmigrantes que ya vivían en Estados Unidos antes de ser detenidos por ICE, anulando una política controvertida que había eliminado efectivamente su derecho a solicitar la libertad bajo fianza.

La jueza de distrito estadounidense Sunshine Sykes del Distrito Central de California certificó una demanda colectiva a nivel nacional y declaró que los residentes de largo plazo arrestados dentro del país, no en la frontera, tienen derecho legal a audiencias de fianza individualizadas bajo la ley federal de inmigración.

“El gobierno no puede tratar a las personas que han vivido en este país durante años como si acabaran de bajar de un avión en la frontera”, escribió la jueza Sykes en su decisión de 48 páginas.

El debido proceso exige una audiencia antes de que alguien pueda ser sometido a una detención prolongada.

Antecedentes de la política que se revoca

En julio de 2025, el ICE implementó una nueva interpretación de la ley de inmigración que reclasificó a millones de inmigrantes indocumentados que vivían en el interior de EE. UU. como “solicitantes de admisión”.

Esta medida desencadenó la detención obligatoria sin fianza para cualquier persona arrestada durante operativos de control interno, incluso aquellos con profundos vínculos comunitarios, hijos de ciudadanos estadounidenses o sin antecedentes penales.

La política se basó en gran medida en un precedente de la Junta de Apelaciones de Inmigración de septiembre de 2025 (Asunto de Yajure Hurtado) y provocó que las tasas de liberación bajo fianza se desplomaran de aproximadamente el 26 % a tan solo el 3 % a nivel nacional.

Puntos clave del fallo

  • Aplica a todos los no ciudadanos detenidos por el ICE después de vivir de forma continua en EE. UU. que no estén sujetos a detención obligatoria (es decir, sin orden de deportación definitiva ni condenas penales graves).
  • Las audiencias de fianza deben realizarse ante un juez de inmigración que evaluará el riesgo de fuga y el peligro para la comunidad.
  • El gobierno tiene prohibido continuar con la ficción del “solicitante de admisión” para este tipo de detenidos. La decisión entra en vigor de inmediato.

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